En los últimos tiempos venimos asistiendo a una campaña mediática, alentada por las centrales sindicales mayoritarias, pero sobre todo por USCAL, donde se quiere hacer funcionarios de carrera a interinos, sin que dicho personal apruebe la correspondiente oposición. Quieren convertir en funcionarios de carrera a interinos mediante un examen a la carta o un concurso oposición, lo que les proporciona una clara ventaja competitiva frente a otros aspirantes que no han tenido la suerte de ser interinos. En los casos más espeluznantes, se quiere hacer funcionarios de carrera a interinos sin prueba alguna, solo por el mero hecho de ser interinos. Alucinante.
El artículo 23 de la Constitución Española es claro: “los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos”. Por tanto, las pretensiones de estas organizaciones sindicales son directamente inconstitucionales, y no hay más que hablar del asunto.
Sin embargo, las organizaciones sindicales y los propios interinos alegan que estos trabajadores se encuentran en fraude de ley, y por tanto, deben tener un trato diferente para acceder a ser funcionarios de carrera. Este trato diferente que promulgan, se traduce en tener ventajas competitivas frente al resto de opositores, es decir, saltarse la Constitución Española y perjudicar al resto de opositores que no han trabajado en la Administración. Además, estas organizaciones sindicales exigen que solo se valore la experiencia laboral en la Administración, lo que ya convierte este desaguisado en un circo. Se puede dar la circunstancia, que el famoso cocinero Arzak se quiera presentar a los concurso-oposición de cocinero de la Junta de Castilla y León, pero como solo ha trabajado en su restaurante de tres estrellas Michelin durante 50 años y ningún año para la Administración, no se le contabilizaría ningún día de experiencia como cocinero en la oposición de cocinero de la Junta de Castilla y León. Demencial.
Pero volvamos a la legalidad, y al presunto fraude de ley que proclaman algunas centrales sindicales y sus acólitos. Fraude es que cada año no salgan en la oferta de empleo público todas las plazas de interinos, tal y como exige el Estatuto Básico del Empleado Público y que incumple sistemáticamente la propia Junta de Castilla y León.
Cuando un interino entra a trabajar en la Administración, sabe que es por un tiempo limitado. Y todo lo que pase de dos años trabajando como interino, supone una suerte y privilegio frente a otras personas que están apuntadas en la cola del paro, y por supuesto, en ningún caso supone tener más derecho que otro para ser funcionario de carrera. En vez de estar agradecidos por haber tenido un trabajo durante años, algunos pretenden la cuadratura del círculo, y convertir el privilegio que han disfrutado en un contrato indefinido en la función pública por la cara. Nadie obliga a un interino a prolongar indebidamente su relación laboral con la Administración. Lo que no están contentos, que mañana no vuelvan, que la lista en el paro es muy larga. Pero dudamos que haya muchos casos de funcionarios interinos que hayan dejado su puesto de trabajo para incorporarse al mercado laboral privado.
También alegan los interinos que ahora tienen cargas familiares, y que trabajar y opositar simultáneamente es muy difícil. Pero las decisiones vitales que toma cada persona, no deben perjudicar los derechos de otros opositores. Y a lo mejor, estos interinos no han conocido a funcionarios de carrera que en su momento abandonaron su trabajo para opositar, u otros con menos suerte, que se dejaron las pestañas por las noches porque sus condiciones de vida les impedían poder dejar su trabajo para opositar.
Por ello, desde la Plataforma en Defensa de lo Público (PLADEPU) exigimos que se cumpla la Constitución, y que únicamente exista la oposición como medio de acceso a la función pública, donde todo todos los españoles puedan en igualdad de condiciones conseguir una plaza de funcionario.
Apoyamos la valoración del tiempo trabajado de los interinos, una vez superada la fase de oposición, entre los méritos para pedir plaza, así como otros méritos como la condición de víctima de violencia de género y horfandad por esta causa.
Y por supuesto, desde PLADEPU estamos en contra de la precariedad laboral y de estas tasas tan impresentablemente altas de interinos que hay en la Junta de Castilla y León. Es difícil dar un servicio público de calidad con estas tasas de temporalidad. Y claro está, a estos interinos, cuando se les ocupe su plaza, se les debe indemnizar por los servicios prestados.
El artículo 23 de la Constitución Española es claro: “los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos”. Por tanto, las pretensiones de estas organizaciones sindicales son directamente inconstitucionales, y no hay más que hablar del asunto.
Sin embargo, las organizaciones sindicales y los propios interinos alegan que estos trabajadores se encuentran en fraude de ley, y por tanto, deben tener un trato diferente para acceder a ser funcionarios de carrera. Este trato diferente que promulgan, se traduce en tener ventajas competitivas frente al resto de opositores, es decir, saltarse la Constitución Española y perjudicar al resto de opositores que no han trabajado en la Administración. Además, estas organizaciones sindicales exigen que solo se valore la experiencia laboral en la Administración, lo que ya convierte este desaguisado en un circo. Se puede dar la circunstancia, que el famoso cocinero Arzak se quiera presentar a los concurso-oposición de cocinero de la Junta de Castilla y León, pero como solo ha trabajado en su restaurante de tres estrellas Michelin durante 50 años y ningún año para la Administración, no se le contabilizaría ningún día de experiencia como cocinero en la oposición de cocinero de la Junta de Castilla y León. Demencial.
Pero volvamos a la legalidad, y al presunto fraude de ley que proclaman algunas centrales sindicales y sus acólitos. Fraude es que cada año no salgan en la oferta de empleo público todas las plazas de interinos, tal y como exige el Estatuto Básico del Empleado Público y que incumple sistemáticamente la propia Junta de Castilla y León.
Cuando un interino entra a trabajar en la Administración, sabe que es por un tiempo limitado. Y todo lo que pase de dos años trabajando como interino, supone una suerte y privilegio frente a otras personas que están apuntadas en la cola del paro, y por supuesto, en ningún caso supone tener más derecho que otro para ser funcionario de carrera. En vez de estar agradecidos por haber tenido un trabajo durante años, algunos pretenden la cuadratura del círculo, y convertir el privilegio que han disfrutado en un contrato indefinido en la función pública por la cara. Nadie obliga a un interino a prolongar indebidamente su relación laboral con la Administración. Lo que no están contentos, que mañana no vuelvan, que la lista en el paro es muy larga. Pero dudamos que haya muchos casos de funcionarios interinos que hayan dejado su puesto de trabajo para incorporarse al mercado laboral privado.
También alegan los interinos que ahora tienen cargas familiares, y que trabajar y opositar simultáneamente es muy difícil. Pero las decisiones vitales que toma cada persona, no deben perjudicar los derechos de otros opositores. Y a lo mejor, estos interinos no han conocido a funcionarios de carrera que en su momento abandonaron su trabajo para opositar, u otros con menos suerte, que se dejaron las pestañas por las noches porque sus condiciones de vida les impedían poder dejar su trabajo para opositar.
Por ello, desde la Plataforma en Defensa de lo Público (PLADEPU) exigimos que se cumpla la Constitución, y que únicamente exista la oposición como medio de acceso a la función pública, donde todo todos los españoles puedan en igualdad de condiciones conseguir una plaza de funcionario.
Apoyamos la valoración del tiempo trabajado de los interinos, una vez superada la fase de oposición, entre los méritos para pedir plaza, así como otros méritos como la condición de víctima de violencia de género y horfandad por esta causa.
Y por supuesto, desde PLADEPU estamos en contra de la precariedad laboral y de estas tasas tan impresentablemente altas de interinos que hay en la Junta de Castilla y León. Es difícil dar un servicio público de calidad con estas tasas de temporalidad. Y claro está, a estos interinos, cuando se les ocupe su plaza, se les debe indemnizar por los servicios prestados.
Habéis oído hablar de la Unión Europea? Y de la Legislación Europea? Sabéis lo que es una Directiva Europea? Y que son de obligado cumplimiento por parte de los Estados Miembros? Y de su prevalencia sobre la Legislación interna de los Estados? Pues si tenéis un ratito leed la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE que debería aplicarse en España desde 2001. Cuando acabeis a lo mejor sois capaces de entender lo que defiende USCAL. Hasta entonces no demostreis más vuestra ignorancia con artículos como este.
ResponderEliminarGracias
Al parecer tú no. La directiva solo son de obligado cumplimiento los resultados y antes hay que transponerlas. Además, no es lo mismo un contrato de duración determinada que una interinidad que se regula por el trebep.
EliminarLos interinos se regulan por trebep y no se recoge indemnización.
No se puede pretender mezclar tipos de personal y normativas por la que se rigen según lo que le convenga a cada uno.
Cualquier trabajador de España tiene derecho a una indemnización por despido.
ResponderEliminar¿Está usted a favor de que trabajadores públicos después de 3, 5, 10, 25 años se vayan a la calle con Despido Libre y Gratuito?
Has calculado lo que costaría la indemnización disuasoria que indica la Directiva 1999/70/CE,de 800.000 interinos con una media de 10 años de antigüedad?
ResponderEliminarLa plaza que ocupo, se publicó y yo cumplo todos los requisitos que se pedían.
Seguí el proceso selectivo que la administración consideró oportuno.
Esto no es acceso según los principios de igualdad, mérito y capacidad? Es una vergüenza que sacaran 15 plazas y creara una bolsa de 2.500 laborales. Yo no pretendo ser funcionario de carrera. Simplemente espero se reconozcan mis derechos adquiridos y reconocidos por la Legislación Europea después de 19 años desarrollando una función pública como educador en una residencia de protección de menores.
Además, la cuestión no es esa, lo fundamental del debate es que estamos en fraude de ley y la administración debe aplicar una sanción disuasoria (fijeza o indemnización).
La normativa estatal no debe contradecir la comunitaria.
No, no lo es, la única manera de ser funcionario o laboral fijo es superando un proceso selectivo, si hay diez plazas lo superan 10, y x cierto no sé qué comprensión lectora tienes pero en la sentencia en ningun momento habla de haceros fijos,
EliminarAcude a los tribunales y si deciden que hay abuso y es aplicable al personal laboral, te haran indefinido no fijo. Pero la fijeza por la cara y para todo tipo de interinos nada.
EliminarPor otro lado,lo que comentas es que quieres que se te aplique lo mejor de cada tipo de personal. Es decir que quieres ser un personal a la carta, quieres lo mejor de los funcionarios y de los laborales ¿No quieres nada de los militares o la policía?
Creo que el artículo no habla de echar a interin@s, quedan antes muchas plaza por cubrir y por supuesto la gran mayoría realizan un labor estupendo. Habla del agravio comparativo que supondría hacerlos fijos por la puerta de atrás, respecto a los que obtuvieron plaza sin dicho privilegio, o los que dedicaron miles de horas de estudio sin lograr alcanzar el objetivo y ahora están en la privada o en la cola del paro...
ResponderEliminarPor otra parte, es más difícil garantizar la necesaria independencia de un funcionario/o, si su puesto es temporal y puede peligrar o verse intimidado por no atender en un momento dado un interés político o un simple favor determinado.
No hay solución ideal, pero la de funcionarizar por la parte de atrás seguro que no es la buena.
Esto va en serio?? Me mato a estudiar, paso 2 examenenes, me adelantan al final por los puntos y me quedo fuera. ¡A mí quien me consuela..!? :(
ResponderEliminarY los que fueron interinos y que terminaron aprobando porque al menos se molestaron en estudiar qué dicen?
Pues parece sencilla la solución con aplicar la ley se arregla. Lo malo es el que que entra por la puerta de atrás, por sus conocimientos o su oportunidad y entra para un rato y cuando lleva mucho rato se cree el dueño de una plaza que no es suya. Sobrinos tontos que no valían para ganarse el pan, los enchufaron en la administración, mordieron la mano que les daba de comer, nunca lo agradecieron y ahora van de victimas.
ResponderEliminarHola Plataforma : Se agradece la explicación, pero esta situación que vivimos los interino no ha sido provocada por nosotros, sino más bien por una gestión burocrática nefasta de los recursos humanos de las administraciones, tanto nacional, autonómica y local , en la que pueden verse actitudes de manejos patrimoniales del los procesos administrativos, tanto por la parte política como de altos funcionarios, eso sin hablar del personal laboral que es claramente favorecido tanto en la selección como en sus retribuciones y derechos laborales, pero curiosamente nadie se lo plantea.
ResponderEliminarSi se hubieran cumplido los plazos legales después de la contratación, para efectuar las pruebas de selección a los interinos, ahora no tendríamos este problema, ni vosotros ni nosotros, pero tal y como están las cosas y la gran diferencias entre los derecho establecidos en el estatuto de los trabajadores y de los funcionarios es lógico que reclamemos unos derechos adquiridos por la diferencias establecidas y por las negligencias de la propia administración donde los que deciden son todos funcionarios "de carrera", ya que ningun interino decide a ese nivel. Por otra parte, los interinos a diferencia de los laborales no somos indemnizados en caso de despido, y puedes ver las últimas sentencias en este sentido.
No se si publicais estas réplicas a vuestros artículos, pero si quereis la podeis publicar, estaría bien por eso de la transparencia.
Saludos Tomás Manuel
Buenos días Tomás Manuel. Estas muy equivocado. Los que toman las decisiones no son Funcionarios de carrera, son políticos, Directores Generales y Consejeros. Si las decisiones las tomásemos los Funcionarios de carrera no habría interinos ocupando una plaza por espacio de más de un año. Pero a los políticos les interesa que esteis. Solo pedimos que entreis en la Administración como el resto, por oposición y en igualdad de oportunidades con los que están en la cola del paro. Saludos.
EliminarA titulo de informacion nueva sentencia europea donde se apunta que la directiva esta por encima de la Constitucion nacional y es de obligado cumplimiento.
ResponderEliminarhttp://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=237642&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=4272793